Víctimas de Crímenes

Víctimas de crímenes

 Muchos inmigrantes temen admitir que han sido víctimas de un delito, en parte, porque creen que serán removidos ​​(deportados) de los Estados Unidos si denuncian el delito. Algunos inmigrantes pueden tener miedo de denunciar actos de violencia doméstica a la policía o de buscar otras formas de ayuda. Dicho miedo hace que muchos inmigrantes permanezcan en relaciones abusivas.

 Sin embargo, éste no es el caso. La ley de los EE. UU. proporciona varias protecciones para inmigrantes legales e indocumentados que han sido víctimas de un crimen. Existen protecciones específicas para víctimas de violencia doméstica, víctimas de ciertos delitos y víctimas de trata de personas. Todas las agencias dentro del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), incluidos los servicios de inmigración (USCIS), tienen legalmente prohibido revelar que una víctima ha solicitado beneficios de inmigración VAWA, T o U.

¿Qué es el estatus U de no inmigrante?

El estatus U de no inmigrante (o visa U) ofrece protección migratoria para las víctimas y también es una herramienta para la aplicación de la ley. Para obtener el estatus U, la víctima debe obtener una certificación de la policía. Sin embargo, obtener la certificación no otorga ningún beneficio; solo los servicios de inmigración, USCIS, tiene la autoridad para otorgar o negar este beneficio.

Las víctimas de los siguientes delitos pueden ser elegibles para una visa U de no inmigrante: 

  • Secuestro
  • Contacto sexual abusivo
  • Chantaje
  • Violencia doméstica
  • Extorsión
  • Falso encarcelamiento
  • Mutilación genital femenina
  • Perjurio
  • Asalto criminal
  • Tomada como rehén
  • Incesto
  • Esclavitud
  • Servidumbre involuntaria
  • Secuestro
  • Homicidio involuntario
  • Violación
  • Asesinato
  • Obstrucción de la justicia
  • Manipulación de testigos
  • Prostitución
  • Agresión sexual
  • Trata de esclavos
  • Tortura
  • Trata
  • Explotación sexual
  • Restricción criminal ilegal
  • Otros delitos relacionados

No se requiere que las víctimas tengan un estatus migratorio legal, pero deben establecer lo siguiente:

  1. Ser víctima de una actividad criminal calificada y ha sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado del crimen
  2. Poseer información creíble y confiable sobre la actividad delictiva calificada
  3. Ser, haber sido o continuar siendo útil en la investigación y / o enjuiciamiento de esa actividad criminal calificada
  4. Ser víctima de una actividad criminal que violó una ley de EE. UU.

Los abogados de inmigración de Colorado en Murad y Murad tienen una amplia experiencia en esta área de la ley de inmigración de los EE. UU.

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